Cualquier tarifa, descuento, pago inicial, plan de pagos u opción de financiamiento descrita en este sitio o cotizada está sujeta a suscripción y aprobación, incluida la aprobación con crédito aprobado (OAC). Las cifras dadas antes de revisar un expediente son solo estimaciones. Una cotización solo es vinculante después de que la solicitud esté completa, los indemnizadores estén calificados, cualquier garantía (si se requiere) sea aceptada y la afianzadora que emite la fianza la haya aprobado.
Las primas de fianzas de California están presentadas ante el Departamento de Seguros de California y reguladas por él. Los agentes deben cobrar la tarifa presentada por la afianzadora. La prima es un porcentaje del monto total de la fianza fijado por el tribunal, con mayor frecuencia el 10%. Esa prima se devenga en su totalidad cuando la fianza se presenta y se acepta. Por lo general, no se devuelve si el caso se desestima, se retiran los cargos o el acusado es declarado inocente posteriormente. La excepción principal es la entrega del acusado conforme al Código de Regulaciones de California, Título 10, § 2090, en cuyo caso la prima puede devolverse menos los costos administrativos permitidos.
Las tarifas con descuento o reducidas (incluidas las de militares y veteranos, sindicatos, AARP/adultos mayores, residentes de por vida, propietarios de vivienda, socorristas, fuerzas del orden y otras categorías anunciadas por esta oficina) están disponibles solo cuando aparecen en la tabla de tarifas presentada aplicable y solo cuando el solicitante proporciona prueba aceptable de elegibilidad dentro del plazo requerido. Una categoría que no esté en la tabla presentada no puede usarse para reducir la prima.
El financiamiento, los planes con 0% de interés (cuando se ofrecen), el 1% de pago inicial, la mitad de pago inicial, los arreglos sin pago inicial y sin garantía dependen de la calificación. El pago inicial exacto, los montos de las cuotas, las fechas de vencimiento y cualquier garantía se establecen en un acuerdo por escrito firmado antes de presentar la fianza. No todos los solicitantes calificarán. Aparte de la prima presentada y cualquier gasto real, necesario y razonable permitido por la ley de California, esta oficina no agrega cargos ocultos.
Esta página es información general sobre las fianzas en California. No es asesoramiento legal, ni una solicitud de crédito, ni una promesa de una tarifa o plan de pagos en particular. Para un caso específico, llame al (619) 233-3383. Las quejas que involucren a un agente de fianzas autorizado o a una afianzadora pueden presentarse ante el Departamento de Seguros de California.
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